Desplazamiento de trabajadores a Polonia

En la actualidad, numerosas empresas, tanto de dentro como de fuera de la Unión Europea, están estableciendo sucursales y puestos avanzados en nuestro país, a medida que aumenta su atractivo para los inversores. Esta tendencia dinámica está en sinergia con la migración de trabajadores: acogemos a una gran variedad de especialistas como resultado de la cesión de trabajadores a Polonia. Independientemente de que se trate de una delegación temporal o permanente, los ciudadanos de otros países deben regularizar su residencia legal y su situación laboral de conformidad con la legislación polaca.

Base jurídica para el desplazamiento de trabajadores en Polonia

El artículo 45 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea garantiza la libre circulación de trabajadores dentro de la UE, lo que constituye uno de los objetivos clave del Tratado. Obliga, entre otras cosas, a eliminar toda forma de discriminación basada en la nacionalidad de los trabajadores de los Estados miembros.
La legislación de la UE sobre el desplazamiento de trabajadores también en Polonia pretende garantizar la protección de los trabajadores estableciendo disposiciones vinculantes sobre las condiciones de trabajo, así como el cuidado de la salud y la seguridad en el lugar de trabajo. En nuestro país, estas cuestiones están reguladas por la Ley de 10 de junio de 2016 sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios.
El desplazamiento de trabajadores a Polonia tiene lugar para cumplir un contrato celebrado por la empresa que los desplaza con un socio empresarial extranjero, que los trabajadores realizan bajo la dirección de la empresa que los desplaza durante todo el periodo de trabajo en el extranjero. Los trabajadores también pueden ser desplazados a un establecimiento de otro Estado miembro que forme parte del grupo de empresas
al que pertenece la empresa que los desplaza. Otro caso previsto es el desplazamiento en el marco de un trabajo temporal.

Desplazamiento de trabajadores a Polonia: obligaciones del empresario

En concreto, entre las responsabilidades de un empresario que desplaza trabajadores a nuestro país se incluyen:
presentar una declaración de desplazamiento a la Inspección de Trabajo del Estado a más tardar en la fecha de inicio del servicio;
el nombramiento de un intermediario que actúe de enlace entre la Inspección de Trabajo del Estado y el empresario desplazado;
conservar en el territorio de nuestro país la documentación relativa al empleo del extranjero;
comunicar a la Inspección de Trabajo del Estado cualquier modificación de los datos de la declaración de desplazamiento.
Durante la duración del desplazamiento siguen vigentes las obligaciones derivadas de la relación laboral, que se rigen por la legislación aplicable al contrato de trabajo. No obstante, el empleador del extranjero está obligado a respetar la normativa legal polaca.

Desplazamiento de trabajadores a Polonia desde países no pertenecientes a la UE

Además de la legalización del trabajo del extranjero, en el caso de los empleados de fuera de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza, también se requiere la legalización de su estancia en Polonia. Sobre la base de un permiso adecuado, se puede solicitar un visado o un permiso de residencia temporal por un período de desplazamiento no superior a 3 años. Existe una división en permisos de trabajo de tipo C, D o E, basada en el país de origen del trabajador, la duración del periodo de desplazamiento y la naturaleza del servicio prestado.

Inspección por PIP

La Inspección de Trabajo del Estado puede inspeccionar el empleo de los trabajadores desplazados, exigiendo explicaciones y documentación a los empleadores extranjeros. La inspección incluye una evaluación del cumplimiento de la legislación, especialmente en lo relativo al carácter temporal del desplazamiento y a las condiciones mínimas de empleo. La detección de irregularidades o negligencias por parte del empleador que desplaza se sanciona con una multa.

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